
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la razón de ser de Revista Fuego Eterno?
Revista Fuego Eterno persigue
dos objetivos fundamentales. Por un lado, busca llegar a tantos lectores
como sea posible, ofreciendo contenido de calidad de forma completamente
gratuita. Por el otro, pretende servir de puente para que muchos
escritores independientes, Under y emergentes, generalmente desconocidos,
logren llegar a esos mismos lectores.
¿En qué se diferencia esta revista de otras publicaciones similares?
Si bien a primera vista
Revista Fuego Eterno parece
similar a otras revistas de divulgación literaria, esto es solo en
la superficie.
Sin animo de desmerecer a ninguna de ellas y remarcando la necesaria labor
que realizan, la filosofía detrás de nuestro equipo de trabajo y
colaboradores eventuales es algo diferente ya que perseguimos un fin que
creemos más altruista.
Mientras que otras publicaciones buscan difundir ya sea literatura
general, de género o mero entretenimiento, a través de su nombre o marca,
algo que tambien nosotros hacemos, nuestra meta final es justamente la
colaboración. Es decir, creemos en ayudar a los autores independientes a
trascender el «ninguneo» al que las editoriales grandes o pequeñas nos
someten, permitiendo que podamos acceder a un público masivo, mientras
cobramos por nuestro trabajo.
¿De qué manera ayudan a los autores?
Revista Fuego Eterno le brinda
a los escritores un espacio de calidad para que estos puedan expresarse,
ya sea con artículos de opinión y de divulgación, cuentos y, muy pronto,
novelas completas.
Un concepto similar al de ciertas redes sociales para escritores, pero a
diferencia de aquellas, aquí cuidamos el contenido y somos muy exigentes a
la hora de publicar. Incluso ayudamos en la edición de los textos cuando
hace falta. Esto le asegura al lector que en nuestrás páginas encontrará
calidad y originalidad.
¿Pagan a los autores por su trabajo?
Revista Fuego Eterno no paga
directamente por el material pues no lo compra y este es en todo momento
propiedad de su autor. Sin embargo permite que el propietario monetice
gracias a publicidad que este agrega en la publicación y del que obtiene
el ciento por ciento (100%) de las
ganancias. Cabe aclarar que
Revista Fuego Eterno no recibe
un solo centavo por dichas regalías, ni participa de ningún modo en la
contratación de los banners de publicidad que son directamente gestionados
por el autor. Sin embargo asesoramos en la tramitación de los mismos, así
como técnicamente para la inserción del código.
A futuro, estamos estudiando membresías muy accesibles para los lectores,
que les permitirían acceder a todo el contenido sin publicidad. El autor
recibirá entonces un proporcional de esas ganancias acorde a lo que se
haya leído de su trabajo.
¿Qué sucede con los derechos de publicación?
Revista Fuego Eterno no se
queda ni bloquea de ningún modo los derechos de autor ya que estos son
intransferibles según el Convenio de Berna y leyes nacionales de la
República Argentina que lo abalan.
Sin embargo existe un concepto totalmente diferente que es el derecho de
comercialización. Todo autor independiente sabe que icluso las editoriales
más pequeñas traban o se agencian este derecho por un periodo de tiempo
arbitrario. En ese tiempo el autor no puede hacer uso de la obra y queda a
merced de la editorial.
Revista Fuego Eterno no
bloquea de ningún modo posible dichos derechos y el autor de la obra o
responsable de los derechos de comercialización pueden hacer uso de los
mismos aun mientras la obra esté publicada en nuestro sitio.
¿Qué es el Convenio de Berna?
Es un convenio celebrado en 1886 entre diferentes estados a los fines de
regular el tratamiento de las obras literarias y artísticas a nivel
internacional. El mismo supone las bases sobre las cuales se construyeron
otros acuerdos más recientes, que intentan abordar a los derechos de autor
a la luz de las recientes novedades tecnológicas.
El convenio ha recibido revisiones en diferentes momentos: Berlín (1908), Roma (1928), Bruselas (1948) y, finalmente, las
revisiones de Estocolmo y París (1967 a 1971). Argentina, en cuyas leyes se ampara este sitio, se sumó al
Convenio de Berna en el año 1967.
A los fines del tratamiento internacional a los derechos de autor, Berna
es la regulación internacional base o de referencia, estableciendo tres
pilares o principios rectores:
- Las obras originales de unos de los Estados firmantes (es decir, las obras cuyo autor es nacional de este Estado o que se publicaron por primera vez en él) deberán ser objeto de protección en el resto de los estados firmantes, y recibir la misma protección que éstos reconocen a los autores de sus países. Este principio se conoce como de “trato nacional”.
- La protección de la obra no deberá estar subordinada al cumplimiento de formalidad alguna (principio de la protección “automática”).
- El principio de independencia de la protección supone que si un Estado firmante reconoce mayor tiempo de protección que la reconocida por el Estado de origen de la obra, el tiempo de protección será el del país de origen.
Para conocer más sobre este importantísimo convenio puedes leer este artículo de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) con un resumen del mismo.